La ausencia de la justicia en el segundo informe de la presidenta Sheinbaum
El pasado 1 de septiembre de 2026, la presidenta Sheinbaum rindió su segundo informe de Gobierno en Palacio Nacional. De entre todos sus componentes y ausencias, me parece especialmente delicado que no se haya referido a la procuración y la impartición de justicia. Si bien es verdad —y es de celebrar— que aludió a la justicia en seis ocasiones, lo hizo respecto del bienestar de las personas. En ningún momento, sin embargo, habló de fiscalías, procesos de investigación de delitos, ministerios públicos o servicios periciales. Tampoco lo hizo de juzgadores, procesos jurisdiccionales o resoluciones judiciales.
Me parece que las omisiones no provinieron de un ejercicio deliberado de respeto a las autonomías ministeriales y judiciales, sino de una falta de comprensión sobre el funcionamiento del Estado. La presidenta Sheinbaum, y su entorno, consideran que los temas de seguridad tienen que ver de manera predominante, o exclusiva, con la seguridad pública y que esta se despliega mediante las acciones tanto de las Fuerzas Armadas como de la Guardia Nacional, fundamentalmente.
Es por esta razón que, y a diferencia de la justicia, el tema de la seguridad tuvo una amplia presencia en su segundo informe. Sostuvo que, dado que la paz y la tranquilidad de las familias eran la prioridad del Gobierno, guardias nacionales, soldados, marinos, agentes de seguridad y servidores públicos trabajaban en los ejes de la Estrategia Nacional de Seguridad, conformada por la atención a las causas, la consolidación de la Guardia Nacional, el fortalecimiento de la inteligencia y la investigación, así como la coordinación entre las instituciones del Gobierno federal, la Fiscalía y los Estados.
La presidenta reportó que, en lo que había transcurrido de 2026, el promedio diario de delitos de alto impacto bajó 54% respecto a 2018. Se registraron disminuciones en el robo a transportistas, de vehículos con violencia y de lesiones dolosas por disparo de arma de fuego. Informó también que, de octubre de 2024 a julio de 2026, se detuvieron a 63.000 personas relacionadas con algún delito —207 de ellos objetivos prioritarios de todos los grupos de la delincuencia organizada—, se decomisaron 32.824 armas de fuego y 519 toneladas de droga. También se desmantelaron 2.725 laboratorios clandestinos y áreas de concentración para la elaboración de metanfetaminas.
Independientemente de la fiabilidad de los datos ofrecidos por ella, lo cierto es que en su concepción del Estado y de la seguridad pública, ni la procuración ni la impartición de justicia tienen un papel determinante. Su entendimiento de los problemas de seguridad se divide entre la reparación de los males generadores como son la pobreza y la desigualdad, así como el combate frontal a las delincuencias organizadas por cuerpos de seguridad crecientemente militarizados.
Desde ahora puedo advertir de que a mis señalamientos sobre las omisiones presidenciales habrá quien considere que se trata del debido respeto a la autonomía de las fiscalías y las judicaturas; que, a diferencia de lo que yo sostengo, la presidenta hizo bien en no tratar esos temas porque su enfrentamiento corresponde a cada institución. Ante tales argumentos sostengo que más allá de la existencia y relevancia de tales condiciones autonómicas, la presidenta debe integrar en sus consideraciones de seguridad a las condiciones institucionales de las fiscalías y los juzgadores, en tanto el papel de ambas va más allá de cercanías personales o lealtades grupales.
Por una parte, y conforme al artículo 89, fracción XII de la Constitución, la presidenta de la República debe facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones. Por otra, ni la Fiscalía General de la República ni los poderes u órganos jurisdiccionales cuentan con facultades para presentar iniciativas de leyes. Finalmente, y de manera más relevante, la integración y armonización de las tareas de la procuración e impartición de justicia difícilmente pueden realizarse mediante las acciones de esa Fiscalía y de los órganos de justicia, incluido el Poder Judicial de la Federación y su Suprema Corte.
Para resolver cabalmente el tema de la seguridad en el país, sea esta pública o privada, distributiva o conmutativa, social o retributiva, pasa por la procuración y la impartición llevada a cabo por los correspondientes órganos del Estado. Ello supone la intervención de policías de investigación, agentes del ministerio público, peritos forenses, jueces, magistrados, ministros y su personal judicial. Con todo y lo loable que sea, constreñirse a contabilizar la disminución de delitos o las acciones de fuerza realizadas contra las delincuencias, es un abordaje parcial del problema.
Sin procesos debidamente seguidos, sin sentencias válidas, sin reparaciones a las víctimas y sus familiares o sin extinciones de dominio, la legítima búsqueda de seguridad se convierte en mero acto de fuerza; en un performance en el que los afectados participan y responden en condiciones de escalada ante la disolución de lo que es lo propiamente estatal: la coactividad proveniente de la procuración y la impartición de la justicia, que no del poder de los aparatos de seguridad del Estado.


