La Audiencia Nacional permite el uso temporal del campamento de migrantes en el puerto de Ceuta
La Audiencia Nacional ha rechazado finalmente la suspensión cautelarísima solicitada por el Sindicato Unificado de la Policía (SUP) y permite que siga adelante la ocupación de 16.000 metros cuadrados del puerto de Ceuta para instalar un campamento para más de 1.000 de los migrantes que entraron en la ciudad autónoma en el salto masivo de los pasados 30 y 31 de julio. El tribunal justifica su decisión, que supone que el Gobierno pueda continuar con sus planes para trasladar a este recinto a cerca de 1.800 migrantes que aún permanecen acampados en la playa del Trampolín, al considerar que existen motivos de “interés general que justifican” que se autorizara su instalación “sin perjuicio de la adopción de las medidas necesarias para garantizar su compatibilidad con la seguridad, protección y normal explotación del puerto”. El Gobierno se ha apresurado a aplaudir la rapidez con la que la Audiencia Nacional ha resuelto el recurso del sindicato. “Reiteramos que los terrenos del puerto son los más idóneos y cuentan con todas las garantías de seguridad para llevar a cabo el operativo”, han añadido fuentes del ejecutivo.
El SUP había recurrido ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional la resolución del Ministerio de Transportes del 5 de septiembre de instalar en el puerto ceutí el campamento y solicitado la suspensión inmediata tanto de la ocupación de la instalación como de la puesta en funcionamiento del dispositivo de acogida previsto de manera cautelarísima. Es decir, sin escuchar previamente a la administración. El sindicato alegaba que la decisión de levantarla no había sido notificada ni publicada en el BOE, y justificaba su oposición a la misma en que la acogida de un número tan elevado de personas en lo que es una instalación crítica suponía un riesgo.
Los tres magistrados que debían estudiar el recurso dictaron este jueves una providencia (resolución judicial con la que se da impulso a un procedimiento, pero que no entra en el fondo del asunto) por la que ordenaban frenar los trabajos y los traslados en el campamento a la espera de poder estudiar el expediente que habían solicitado al departamento de Óscar Puente y tomar una decisión. Esta se ha conocido este jueves en un auto en el que destacan que la ocupación temporal del puerto se acordó en un contexto de la situación de interés para la situación de seguridad nacional declarada en Ceuta y que el objetivo final de la misma es poner en marcha una infraestructura provisional para la atención humanitaria de los migrantes.
En su resolución, la Audiencia Nacional recuerda que, si bien la Autoridad Portuaria de Ceuta se había opuesto al proyecto al considerar, el 4 de septiembre, que la ocupación del espacio era “incompatible con la normal explotación del puerto”, otro organismo, Puertos del Estado, había informado favorablemente al apreciar “razones de interés general”, aunque condicionó la instalación del campamento a la adopción de medidas para garantizar “la seguridad, protección y normal explotación del puerto”. Los magistrados reconocen “la especial urgencia” en levantar la infraestructura para realojar a los migrantes.
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