Política

El juez archiva la querella que presentó Errejón contra Mouliáa por calumnias


El juez Arturo Zamarriego ha acordado archivar la investigación que abrió a raíz de la querella que presentó el exdiputado Íñigo Errejón contra la actriz Elisa Mouliaá al considerar que la artista le había acusado públicamente de manipular a dos testigos de la fiesta donde presuntamente el expolítico la agredió. En una resolución, firmada este miércoles y a la que ha tenido acceso EL PAÍS, el instructor concluye que Mouliaá no atribuye “actos o conductas delictivas concretas” al exportavoz parlamentario, “sino que expone juicios, pensamientos u opiniones”.

Este es un capítulo más del caso Errejón, que comenzó hace más de un año y medio, cuando Mouliaá denunció al exdiputado por una agresión sexual durante una fiesta en 2021. Desde entonces, ambos se han cruzado acusaciones y querellas. Una de ellas, interpuesta por Errejón el pasado noviembre, es la que el titular del Juzgado de Instrucción Número 9 de Madrid ha archivado este miércoles.

Errejón basaba su querella en unos mensajes que Mouliaá publicó en sus redes sociales en los que sostenía que el exdiputado había manipulado a dos testigos y antiguos amigos de ella para que testificaran a su favor en la causa por agresión sexual, que está pendiente de juicio. Se trata de la pareja que vivía en el piso madrileño donde se celebró la fiesta en la que el exdirigente presuntamente agredió sexualmente a la actriz. Los dos declararon en sede judicial —por videoconferencia desde Australia, donde residen— que no vieron “nada raro” aquella noche.

Tras estas declaraciones, la actriz publicó en X el 21 de junio de 2025 que Errejón se había negado a entregar su móvil “porque había extorsionado” a dos de sus testigos. “No inventéis la realidad”, añadió. El exportavoz de Sumar en el Congreso aseguraba que en esa publicación Mouliaá había utilizado “expresiones calumniosas” y le había acusado “falsamente” de haber “extorsionado” a dos personas.

La defensa de la artista ha sostenido en todo momento que esas manifestaciones se produjeron “en un contexto de legítima defensa reputacional y reacción frente a una situación de intensa exposición pública y mediática, vinculada además a su percepción personal de los hechos vividos y sufridos”. Además, ha defendido que actuó con la convicción de que era cierta la imputación que hacía al exdiputado.

Ahora, el juez Zamarriego zanja el asunto. Concluye que en el presente caso “no existe” la imputación de “un hecho concreto y falso” que, de ser real, sería constitutivo de delito. A su juicio, se trata de meras “expresiones utilizadas en sentido vulgar o popular”, que no tienen un carácter jurídico y que son “empleadas como crítica” al exdiputado.

“No se está imputando un delito de obstrucción a la justicia (.) sino realizando, con mayor o menor acierto tanto en la forma como en el fondo, una crítica al querellante por no haber entregado su teléfono móvil y haberse puesto en contacto con dos testigos en un procedimiento judicial en el que la querellada se siente víctima de un delito de abusos sexuales”, apunta el instructor., en la misma línea, insiste en que Mouliaá no informó en sus redes sociales sobre hechos concretos, sino que expuso “juicios, pensamientos u opiniones”. La decisión del juez no es firme y se puede recurrir ante el mismo juzgado y ante la Audiencia Provincial de Madrid.


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