Política

El Gobierno aprueba por decreto la creación del registro público de ‘lobbies’ ante el bloqueo del Congreso


El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto-ley para la creación de un registro “público y obligatorio” de grupos de interés con el que garantizar una mayor transparencia y rendición de cuentas. Esta decisión se produce después de que el proyecto de ley de lobbies, que incluye la creación de este registro estatal de grupos de interés, haya encallado en el Congreso ante la dificultad para reunir el consenso necesario entre los grupos parlamentarios.

Al tratarse de un decreto-ley, la norma entrará en vigor cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y deberá ser convalidada por el Congreso en el plazo máximo de 30 días. En concreto, el decreto al que ha dado luz verde el Gobierno este martes crea un registro estatal público y obligatorio de grupos de interés, según ha explicado la portavoz del Ejecutivo y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Con este registro se “regula en la administración del Estado la relación entre los grupos de interés y el personal público susceptible de recibir influencia”, ha explicado Saiz, que seguidamente ha precisado que “el Real Decreto detalla quiénes tienen la consideración de grupos de interés, cuál es su actividad de influencia y quiénes son susceptibles de recibirla”. “Este registro es obligatorio y estará gestionado y supervisado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que llevará su gobernanza y también su gestión”, ha afirmado la ministra.

El Ejecutivo ha incorporado en el decreto las enmiendas que han presentado los grupos parlamentarios durante la tramitación del proyecto de ley en la Cámara baja. “El Gobierno de España cumple así su compromiso con la transparencia, la regeneración institucional y la calidad democrática; tres piezas indispensables en el puzle de la confianza ciudadana”, apunta el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, según esa nota.

“Son grupos de interés las personas físicas y jurídicas y las agrupaciones sin personalidad jurídica, incluidas las plataformas, foros, redes u otras formas de actividad colectiva, tanto si actúan por cuenta propia como ajena, con independencia de la forma que adopten o de su estatuto jurídico, y que lleven a cabo actividades de influencia sobre el personal y/o cargo público. Por ejemplo, las empresas y las ONG que pretendan ejercer la función de lobby ante la Administración General del Estado”, detalla el Ejecutivo en una nota de prensa, en la que también explica que una “actividad de influencia” es “toda comunicación directa o indirecta” de un lobby a través de “cualquier medio o canal con la finalidad de incidir en la toma de decisiones públicas, en el diseño o aplicación de políticas o en la elaboración, modificación o aprobación de proyectos normativos en beneficio de intereses propios o de terceros”.

El decreto aprobado determina quiénes son susceptibles de “recibir influencia”. Así, pueden ser objeto de la actividad de los lobbies quienes desempeñen cargos o funciones públicas relativas a la formulación, ejecución o supervisión de políticas públicas; quienes se encarguen de la elaboración de las normativas o los procesos de decisión administrativa y el personal de confianza, los asesores y el personal eventual que trabaje con estos cargos públicos.

Un debate recurrente

El debate sobre la regularización de los grupos de interés se reabrió tras el estallido del caso Montoro en el verano de 2025, que supuso la imputación del exministro de Hacienda y de otras 27 personas por presuntos delitos continuados de cohecho, fraude a la Administración pública y tráfico de influencias, entre otros;, en abril de 2026, de la imputación del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero por liderar presuntamente una trama de tráfico de influencias en mayo de este año. “¿Dónde acaba el lobismo y empieza el tráfico de influencias?”, preguntó el portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián, a Pedro Sánchez en una sesión de control al Gobierno tras conocerse la investigación. Entonces, la Asociación de Profesionales de las Relaciones Institucionales (APRI) defendió en un comunicado que “el lobby no es corrupción, ni tráfico de influencias”.

Semanas más tarde, los profesionales del lobby volvieron a apelar a los principales líderes políticos y a los miembros de la mesa de la Cámara baja para que sacaran adelante la norma que ha aprobado este martes el Gobierno. “España necesita reglas claras que permitan distinguir la participación legítima en los procesos de decisión pública de aquellas conductas que deben ser prevenidas, sancionadas o directamente excluidas del sistema”, defendía entonces Carlos Parry, presidente APRI en un escrito.

No obstante, no es la primera vez que se dan pasos en pos de la transparencia y la regulación de los grupos de interés. En octubre de 2020, con las socialistas Meritxell Batet y Pilar Llop como presidentas del Congreso y el Senado, respectivamente, ambas cámaras aprobaron el Código de Conducta de las Cortes en respuesta a las peticiones del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO). Aquella norma abordaba los lobbies en el artículo 6.2, donde se recogía la obligación de los diputados y senadores de hacer pública su agenda institucional, “incluyendo en todo caso” las reuniones con representantes de “grupos de interés”.


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