La justicia desarma el caso contra el fiscal que persiguió la corrupción en Chihuahua
Durante casi cuatro años, Francisco González Arredondo dejó de ser el fiscal que encabezó las investigaciones más sensibles contra la corrupción en el Estado norteño de Chihuahua para convertirse en un imputado. El hombre que de 2016 a 2021 dirigió la llamada Operación Justicia para Chihuahua —la ofensiva penal que llevó a tribunales la red de desvíos multimillonarios del sexenio del priista César Duarte— terminó sentado en el banquillo, acusado por la Fiscalía General del Estado de tortura psicológica. Su detención en noviembre de 2022 marcó el cambio de Gobierno del Estado: la salida de Javier Corral y la llegada de María Eugenia Campos.
Hoy, la historia ha dado un giro. Una sentencia de 109 páginas dictada el 30 de julio por un tribunal colegiado en materia penal y administrativa, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, no solo revoca la sentencia que había negado el amparo al exfiscal especializado en materia de derechos humanos de Chihuahua, también resuelve que la base jurídica sobre la que la Fiscalía construyó el proceso penal en su contra es insuficiente para sostener la vinculación a proceso. De acuerdo a la sentencia, la Fiscalía nunca determinó con precisión cuándo ocurrieron los hechos que atribuía al exfiscal, privándolo de una defensa efectiva.
El tribunal establece que la precisión de la temporalidad en la que ocurrió el presunto delito es una garantía constitucional indispensable cuando el Estado pretende privar de la libertad a una persona. Sin una acusación capaz de definir fechas, circunstancias y participación concreta, refiere, los requisitos de forma y fondo de la vinculación a proceso, así como las garantías indispensables en un proceso penal, se incumplen.
El proceso contra González Arredondo nunca fue un expediente cualquiera. Desde su detención, ocurrida en noviembre de 2022, el tema se convirtió en el símbolo del desmantelamiento de la Operación Justicia para Chihuahua, la estrategia que durante el Gobierno de Corral buscó reconstruir la trama de desvíos de recursos públicos atribuidos al exgobernador Duarte y a su círculo político.
EL PAÍS ha documentado cómo el cambio de administración transformó al investigador en investigado y cada paso del proceso. El fiscal que había perseguido la corrupción terminó acusado de haber torturado psicológicamente a cómplices de actos de corrupción del exgobernador Duarte. González Arredondo fue ingresado el 21 de noviembre de 2022 a la prisión estatal de Aquiles Serdán, la misma donde permanece recluido el exmandatario, hasta que se le dictara una sentencia. En marzo de 2023, un juez federal ordenó que González Arredondo saliera de prisión preventiva para seguir en libertad el proceso.
Tres años después, en el fallo judicial se hace un repaso de la imputación. Los magistrados concluyeron que el juez de Distrito que inicialmente negó el amparo desestimó un elemento fundamental: la acusación describía un periodo de casi 21 meses —de febrero de 2017 a noviembre de 2018— sin identificar los días concretos, las situaciones específicas o la forma en que supuestamente participó el imputado.
La resolución refiere que la Fiscalía sostuvo reiteradamente la misma fórmula, que los hechos ocurrieron en algún momento entre febrero de 2017 y noviembre de 2018, durante las investigaciones de los casos de corrupción. Esa amplitud temporal, señala el Tribunal, vulnera directamente el derecho a una defensa adecuada.
Los magistrados revisaron incluso las videograbaciones de las audiencias iniciales. Observaron que la defensa pidió una y otra vez que el Ministerio Público aclarara en qué fechas específicas habrían ocurrido los actos de tortura. La respuesta nunca cambió: se insistió únicamente en el mismo periodo general de casi dos años. Para el Tribunal, esa indefinición resulta contundente para echar abajo el proceso penal.
La sentencia también analiza la declaración de la presunta víctima. Concluye que el relato mantiene una cronología ambigua. El denunciante habla de interrogatorios, amenazas y presiones, pero sin ubicar con claridad cuándo ocurrieron ni en cuáles de esas ocasiones habría intervenido directamente González Arredondo. En algunos pasajes incluso resulta imposible determinar si los hechos ocurrieron en diciembre de 2017 o meses después, antes o después del verano del año siguiente.
Los magistrados Marta Barrios, Mario Gámez y José Cornejo han ido más allá. Después de revisar íntegramente las grabaciones de las audiencias, el Tribunal concluye que la falta de precisión del espacio y tiempo afecta de manera directa la posibilidad de acreditar la probable participación del exfiscal en los hechos imputados y pone en duda la existencia de datos de prueba suficientes para sostener la acusación.
El mensaje institucional es significativo. La sentencia incorpora un elemento extraordinario. Durante la tramitación del amparo, la Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos remitió al Tribunal una carta en la que expresan su preocupación por un posible “acto de represalia contra el defensor de los derechos humanos por su labor de investigación de la corrupción”. El Tribunal decidió agregar ese documento para valorarlo al momento de resolver. “Se ha utilizado de manera indebida el derecho penal para criminalizar la labor de las y los defensores de derechos humanos, toda vez que con frecuencia son sistemáticamente sujetos a procesos penales sin fundamento, con la finalidad de obstaculizar sus labores”, se lee en la misiva.
Este elemento adquiere un peso especial. El caso de González Arredondo abre un precedente para México, en un país donde fiscales, jueces, periodistas y defensores de derechos humanos han denunciado el uso del aparato penal para castigar investigaciones incómodas.


