Sabes qué es el chip Repuve y por qué tu auto debe tenerlo


En el estado de Querétaro está en marcha la implementación del Chip Repuve (Registro Público Vehicular) como parte de los esfuerzos a nivel nacional por fortalecer la seguridad, el cual tiene como objetivo identificar y prevenir el robo de vehículos, así como combatir las transacciones ilícitas relacionadas con los mismos.

Esta iniciativa busca contribuir al fortalecimiento de la seguridad y el orden en las vías públicas del estado. Los propietarios de vehículos que deseen registrarse en el Chip Repuve deben dirigirse a los puntos de registro autorizados.

En Querétaro, estos puntos se encuentran ubicados en la Puerta 5, Estacionamiento A, del Auditorio Josefa Ortiz de Domínguez. Es importante destacar que el registro en el Chip Repuve es completamente gratuito.

Al registrarse en el Chip Repuve, los propietarios de vehículos pueden proteger su patrimonio a través de la más alta tecnología, facilitando la localización de sus vehículos en caso de robo no solo en Querétaro, sino en cualquier parte del país.

Además, el chip otorga seguridad jurídica a los actos relacionados con los vehículos que circulan en territorio nacional, proporcionando mayor tranquilidad tanto a los propietarios como a los compradores en transacciones de compra-venta de vehículos.

Los requisitos para registrar un vehículo:

  • factura original, carta factura o pedimento de importación (según sea el caso)
  • tarjeta de circulación del estado de Querétaro
  • identificación oficial del conductor
  • comprobante de domicilio del propietario

Para obtener más información sobre el registro y los requisitos necesarios, se recomienda a los ciudadanos dirigirse al punto de registro mencionado anteriormente o comunicarse con la Secretaría de Seguridad Ciudadana del estado.

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El Repuve es una Dirección General que depende del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Tiene atribuciones para dictar actos administrativos y dictar e imponer sanciones, conforme a la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, la Ley del Registro Público Vehicular, el Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Reglamento de la Ley del Registro Público Vehicular.



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