La jueza de la dana rechaza investigar a un diputado del PP por falso testimonio
La jueza de Catarroja (Valencia) que investiga la dana, Nuria Ruiz Tobarra, ha rechazado investigar por falso testimonio al diputado responsable del área de bomberos de la Diputación de Valencia, Avelino Mascarell (PP), tal y como solicitaba una de las acusaciones. En un auto divulgado este viernes, la magistrada justifica que, al no existir sentencia firme ni concluido la instrucción de la causa —que desde hace dos años rastrea la responsabilidad penal de la riada que dejó 233 muertos en Valencia en octubre de 2024— no se puede situar bajo el foco de las pesquisas a Mascarell. El falso testimonio contempla penas de hasta dos años de cárcel para el testigo que mienta en una instrucción, según el artículo 458 del Código Penal.
El epicentro de la polémica radica en si el popular no dijo la verdad en sus dos declaraciones judiciales como testigo, donde aseguró no recordar si fue avisado del desbordamiento del barranco del Poyo, la rambla que desató la inundación al sepultar municipios como Paiporta (28.136 habitantes) o Catarroja (30.604), donde el temporal dejó 55 y 25 muertos, respectivamente. Mascarell estuvo la tarde de la dana en el Cecopi, el órgano de la Generalitat que coordinó la crisis.
La versión del popular quedó en entredicho tras la comparecencia en el juzgado, también como testigo, de la que fuera alcaldesa de Chiva (Valencia, 18.000 habitantes) durante la riada, Amparo Fort, del PP. En su declaración del pasado 22 de mayo, esta primera edil sostuvo que el 29 de octubre de 2024 comunicó a las 17.00 con Mascarell para informarlo sobre la extrema situación en su municipio, donde nace el barranco del Poyo. “Chiva tiene todos los bajos inundados. El agua derriba las barandas del barranco”, alertó, según su testimonio. Tras la declaración, Fort entregó en el juzgado un listado de llamadas que recogía sendas comunicaciones con Mascarell la tarde del temporal (16.56 y 18.00).
Para rechazar la investigación del diputado popular por falso testimonio, la jueza apela a jurisprudencia del Tribunal Supremo. La magistrada cita una resolución de septiembre de 1989 que sostiene que no se puede atribuir este delito hasta que no exista una resolución firme. “Es necesario contar con el dato previo de una verdad procesalmente establecida, lo que sólo podrá hacerse en sentencia o en auto de sobreseimiento firme”, alega. Otro fallo del alto tribunal, de 2024, que recoge en su auto Ruiz Tobarra, apunta en la misma dirección. “El falso testimonio se acredita mediante el juicio de contraste de lo declarado por el testigo con la verdad judicial expresada en la sentencia”, recoge la magistrada, que el pasado septiembre se negó a dar luz verde a un careo entre Mascarell y Fort.
El momento de cuándo conocieron las autoridades el desbordamiento del barranco del Poyo, el episodio más grave de la dana, no es baladí. Durante dos años, el PP, la Generalitat y los dos investigados en la causa —la exconsejera Salomé Pradas y quien fuera su segundo, el director de Emergencias, Emilio Argüeso— han sostenido la tesis de que, si no se actuó antes, fue porque el Ejecutivo central no les avisó. La revelación de una alcaldesa del PP de que a las 17.00 —hora y media antes de la inundación— avisó a un dirigente de su partido de la magnitud de la catástrofe desmonta esta estrategia exculpatoria, según fuentes próximas a la investigación.
Para detectar posibles contradicciones entre testigos, la jueza ha optado, en otros momentos, por la fórmula del careo. La magistrada celebró en abril un encuentro de este tipo entre la exconsejera Pradas —principal investigada en la causa— y José Manuel Cuenca, exjefe de gabinete y mano derecha del expresident Carlos Mazón. El objetivo: aclarar cuál fue el flujo informativo entre ambos durante lo peor de la dana sobre cuestiones medulares, como el confinamiento a la población.

