El difícil arranque de los sistemas de alerta inmediata en casos de desaparición de mujeres y menores
La noche del pasado martes, decenas de personas bloquearon la avenida Calle 80, al noroccidente de Bogotá. Cargaban afiches con el rostro de Josephe Santamaría Jiménez, un joven de 15 años que cinco días antes había desaparecido tras salir del colegio. Al otro día de la manifestación, apareció en el centro de Bogotá. Una suerte que no corrió Ana Lucía González, la niña de nueve años que había desaparecido en el municipio vecino de Mosquera y apareció el mismo día que Josephe, pero sin vida, en una alcantarilla de la localidad bogotana de Ciudad Bolívar. Casos similares se repiten con una frecuencia que llevó a que el Congreso de la República aprobara dos leyes que crean sistemas para que las autoridades logren reaccionar con rapidez. Pero el inicio de las llamadas alerta rosa y alerta Colombia ha sido atropellado.
En los dos casos, la inspiración es la alerta Amber, un sistema internacional de notificación de emergencia multicanal implementado en 48 países, mediante el cual se envían mensajes de texto a todos los celulares en un radio cercano a la zona de desaparición y se producen avisos inmediatos en medios de comunicación, entre otros mecanismos para despertar una búsqueda amplia y rápida. La alerta rosa funciona desde abril y sirve para buscar a menores de edad y a mujeres de cualquier edad. Cualquier persona puede presentar denuncias por la desaparición ante 18 tipos de entidades, desde las EPS hasta la Contraloría, que remiten la información a la Policía Nacional, encargada de lanzar la alerta. En cambio, la Alerta Colombia creada en la Ley Sara Sofía es solo para menores de edad y para denuncias que recibe el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), encargado de lanzar la llamada. Además, solo funciona con reportes interpuestos por los padres o cuidadores legales del menor.
Las dos leyes que las crearon señalan que las alertas se deben distribuir a los dispositivos móviles por medio del sistema CBS, que envía notificaciones de alto impacto sin necesidad de que el usuario tenga datos ni saldo en su celular. Sin embargo, el país no cuenta con la infraestructura necesaria para utilizar esos mensajes. Las leyes encargaron a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) la expedición de las orientaciones a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles encargados de esa operación. La CRC actualizó sus normativas y dio un plazo de seis meses para que las compañías de telefonía celular adecuen sus redes y otros seis “para la ejecución de las demás actividades requeridas para el inicio del sistema de difusión de las alertas”. Pero esa implementación sigue pendiente, principalmente debido a la ausencia de infraestructura y financiación.
En sus preparaciones para esto, el año pasado la Fiscalía General de la Nación, entidad que coordina las 18 instituciones con asiento en el Comité Nacional de Alerta Rosa, encargado de ese sistema, envió un correo al CRC sobre su propuesta de regulación. En él, la Fiscalía argumentó que no tiene la competencia para asumir el costo del software necesario para activar los CBS. “El decreto reglamentario alude a que cada entidad deberá asignar de sus presupuestos los recursos requeridos para el cumplimiento de las responsabilidades conferidas normativamente para la implementación de la alerta rosa, lo anterior considerando que la Ley no asignó partidas presupuestales específicas, o recursos adicionales para activar la alerta rosa ni a la Fiscalía General ni a las demás entidades que conforman el Comité”, se lee en el texto.
Una fuente que integra el Comité explica que la Policía Nacional ha buscado los recursos para echar a andar esa orientación, sin éxito. Por ahora, las alertas se difunden a través de cadenas de WhatsApp o aplicaciones como X o Facebook, que tienen un alcance más limitado. En el mismo email, la Fiscalía General de la Nación reiteró que a más de cuatro años de expedido el decreto que reglamenta el diseño de un sistema de alerta rápida, Colombia sigue sin avanzar en la creación de una arquitectura para ello.
Adicional al embrollo tecnológico, las dos medidas se pisan los talones, algo que advirtió la CRC de tiempo atrás, en el concepto técnico que envió a la Corte Constitucional durante su estudio de la Ley Sara Sofía. “Cuando se encuentren en funcionamiento las dos alertas, y en el caso de la desaparición de un niño o niña de entre 0 y 12 años, la Policía Nacional, en calidad de Autoridad de Activación de la Alerta Rosa, se encontraría ante la activación de dos tipos de alertas de orden legal, con características técnicas de difusión contrapuestas y agentes obligados diferentes”, señaló entonces. También aclaró a la Corte que explicó al Congreso que la alerta Colombia duplicaría las funciones de la alerta rosa.
Los otros pendientes
A todo ello se suma que la pedagogía con funcionarios, entidades y la difusión en la sociedad civil avanzan a paso lento. La confusión entre una alerta y la otra o entre sus mecanismos se repite, como le sucedió al Secretario de Seguridad de Bogotá, quien aseguró en entrevista que la encargada de activar el mecanismo de búsqueda inmediata es la Fiscalía, aunque en el caso de la alerta rosa es la Policía y en la Alerta Colombia, el ICBF. También persiste el mito de las “72 horas” que denunció a medios de comunicación la familia de Ana Lucía González, la niña asesinada. Es una creencia errónea de algunas autoridades que las lleva a esperar esa cantidad de tiempo antes de aceptar o tramitar una denuncia, cuando la activación temprana de las alertas es vital.
De acuerdo con datos publicados por la Comisión Colombiana de Juristas, entre junio de 2025 y junio de 2026 se reportaron 9. 506 personas desaparecidas en Colombia. De ellas, el 36% son menores de edad: 2.278 niñas, niños y adolescentes fueron reportados como desaparecidos en el último año.


