Tarjetas ‘revolving’, entre intereses de más del 22% y una ley atascada: “Te atrapan de por vida”
A Mónica González le ofrecieron una tarjeta de crédito en el pasillo de un centro comercial y otra mientras compraba en una tienda de ropa. Lo que nunca pensó es que al utilizarlas empezaría una pesadilla en forma de deudas. “Cuando la contratas, no eres consciente de lo que se te avecina. El problema se convierte en una bola de nieve: usas una para pagar otras y la deuda, en vez de bajar, cada vez sube más. Te atrapan de por vida”, lamenta. A las dificultades económicas se sumó la presión de los cobradores. “Tienes que ser fuerte de mente, te acosan telefónicamente a todas horas, más de 50 llamadas al día, llamaron hasta a mi trabajo”, relata.
Su caso refleja buena parte de la problemática que desde hace años rodea a las llamadas tarjetas revolving. Se trata de créditos fáciles de contratar, con tipos de interés muy altos —Mónica asegura que llegó a pagar un 28%— y un sistema de devolución complejo que puede hacer que una deuda se prolongue y aumente durante años.
Las tarjetas de crédito no siempre se pagan de la misma manera. Lo más habitual es acumular las compras del mes y abonarlas todas juntas en un único pago, normalmente sin intereses. Pero existe otra opción, que es el pago revolving. En este caso, el cliente devuelve lo gastado poco a poco, fraccionando el importe mediante una cuota mensual, a cambio, paga unos intereses que suelen ser muy elevados. Pero el problema no es solo el alto precio, sino cómo funciona esa deuda.
El cliente puede elegir cuánto va a pagar de cuota cada mes y corre el peligro de que, si es demasiado baja, la mayor parte de lo que paga va destinada a los intereses y no tanto a reducir el capital pendiente, por lo que esa deuda seguirá generando intereses durante más tiempo. Si, además, sigue utilizando la tarjeta para financiar los gastos, el dinero que debe aumenta y también los intereses.
Por poner un ejemplo en números. Imagine que una persona acumula gastos durante un mes por 1.000 euros con un tipo de interés nominal anual del 20%, sin comisiones, y decide fraccionar y aplazar el pago y abonar una cuota de 100 euros al mes, y no vuelve a usar la tarjeta. Tardará un año en devolver el préstamo y pagará 103 euros en intereses. En cambio, si la cuota es mucho más pequeña, de 30 euros al mes, con el primer pago, unos 16,7 euros irían destinados a pagar intereses y apenas 13,3 euros servirían para reducir el capital pendiente. Seguiría debiendo 987 euros. Si no volviera a utilizar la tarjeta y mantuviera siempre esa cuota, tardaría más de cuatro años en saldar la deuda y terminaría pagando en total unos 472 euros en intereses. Pero si durante ese tiempo continúa usando el crédito, la deuda se prolongaría todavía más. Y los intereses también.
El funcionamiento de estas tarjetas ha generado en los últimos años miles de reclamaciones y pleitos. Las demandas han cuestionado tanto los elevados intereses como la forma en la que estos productos fueron vendidos a los consumidores. “[En los casos que llegan al despacho] la deuda media puede estar en unos 5.000 euros y ya estamos hablando de importes muy elevados. Quien tiene esas tarjetas, es habitual que no solo tenga una, sino varias. Hay personas que tienen 20 o 25 tarjetas y de ahí no se sale”, explica un abogado de Studio Tena, un despacho especializado en casos de crédito revolving.
Una ley atascada
Para intentar limitar el endeudamiento excesivo de los consumidores, el Gobierno aprobó en enero el anteproyecto de Ley de crédito al consumo, que transpone una directiva europea y por primera vez en España establece un tope al precio que las entidades pueden cobrar por conceder crédito. Cuando entre en vigor la norma, se aplicará un límite transitorio del 22% TAE. Pero como esa ley no ha entrado en vigor, siguen comercializándose créditos con costes superiores a esa cifra. Cuando el Gobierno presentó el texto inicial, el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ya estimaba que uno de cada cuatro préstamos revolving tendría que abaratarse. Como referencia, el tipo medio de este tipo de financiación ronda actualmente el 18%, aunque esa estadística no equivale exactamente a la TAE que anuncian las entidades.
CaixaBank anuncia en su web una tarjeta de crédito que en su modalidad revolving aplica una TAE del 22,42%. En el ejemplo que ofrece, financiar 1.500 euros durante 48 meses supone devolver un total de 2.206 euros, algo más de 700 en intereses. Carrefour publica para su tarjeta PASS una TAE del 23,13%. Con el mismo ejemplo de 1.500 euros durante 48 meses, el cliente devolvería 2.210 euros, de nuevo más de 700 en intereses. WiZink eleva el precio hasta el 23,85% TAE, en este caso, el total a devolver alcanzaría los 2.252 euros. Unicaja presenta una tarjeta con un tipo de interés del 19%, pero si el cliente no cumple determinados requisitos, cobra una comisión anual de 44 euros extra. Con esa comisión, en el ejemplo representativo que ofrece la entidad, la TAE escala hasta el 27%.
“Que sigan existiendo tarjetas con TAE superiores al 22% demuestra que el problema no está resuelto. Aunque valoramos positivamente que la futura Ley de contratos de crédito al consumo establezca por primera vez límites a los tipos de interés, consideramos que el 22% transitorio sigue siendo demasiado elevado, porque se sitúa muy cerca de los intereses que ya aplica el mercado. El retraso está suponiendo un perjuicio importante, sobre todo para los consumidores más vulnerables”, valoran portavoces de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Fuentes del Ministerio de Economía explican que el anteproyecto se encuentra todavía recabando los informes de otros ministerios y que, antes de regresar al Consejo de Ministros para su aprobación en segunda vuelta, deberá pasar por el Consejo de Estado. Aseguran que la norma es una de sus prioridades, pero el calendario aprieta. La directiva europea obligaba a los estados a adoptar y publicar su transposición antes de noviembre de 2025 y establece que las nuevas medidas deben aplicarse desde el próximo 20 de noviembre de 2026.
Los jueces deciden
Mientras el nuevo límite no entre en vigor, son los tribunales los que marcan hasta dónde pueden llegar estos créditos. El Tribunal Supremo estableció en 2023 que, para determinar si una tarjeta revolving cobra un interés usurario, hay que compararlo con el precio medio de este tipo de financiación en el momento en que se contrató. Como regla general, considera excesivo que lo supere en más de seis puntos porcentuales. Además, el precio no es el único motivo por el que estos contratos pueden acabar anulados. En 2025, el Supremo reforzó también el control de transparencia. El cliente debe haber recibido información suficiente para comprender cómo funciona la deuda, cuánto puede prolongarse y qué efecto tienen las cuotas bajas.
“La nueva directiva avanza mucho en préstamo responsable: que el cliente entienda exactamente todos los costes [.] y que realmente se analicen los recursos de esa persona para ver si el préstamo que se le va a dar no va a suponer que no pueda cumplir dignamente con el resto de sus obligaciones”, explica Gloria Hernández, socia de finReg360. Añade que, aunque la norma todavía no está en vigor en España, muchas entidades ya están trabajando para adaptar sus procedimientos.
Además, queda otra protección pendiente. El Gobierno trata de sacar adelante la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, concebida como una ventanilla única para resolver conflictos con bancos, aseguradoras y otras entidades. El procedimiento sería gratuito, a diferencia del actual sistema de reclamaciones, determinadas resoluciones por importes inferiores a 20.000 euros serían vinculantes para las entidades.
Fuentes del Ministerio de Economía aseguran que se ha estado trabajando con los grupos parlamentarios en las enmiendas al proyecto y confían en que el informe pueda cerrarse “en las próximas semanas”. El objetivo del Gobierno es que la ley quede aprobada antes de final de año, aunque para ello tendrá que reunir las mayorías necesarias. La Asociación de Usuarios Financieros, Asufin, considera que su aprobación es “fundamental para resolver los litigios de manera rápida, gratuita y vinculante, liberando a los tribunales de la saturación actual”.
Mónica González conoce bien el camino de los tribunales. Después de más de dos décadas vinculada a este tipo de créditos, consiguió que una de sus tarjetas fuera anulada y asegura que recuperó unos 22.000 euros. Todavía mantiene abierta otra reclamación. “Al principio te da vergüenza, pero después te das cuenta de que la víctima eres tú”.


